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tipicidad

La tipicidad es la adecuación de una conducta a la descripción del tipo penal establecida en la ley. Es uno de los elementos esenciales del delito, que deben concurrir para que una conducta sea punible. Sin tipicidad, no hay delito, aun cuando la conducta resulte lesiva. De acuerdo con el principio de legalidad, solo las conductas tipadas pueden ser sancionadas.

La tipicidad se examina principalmente desde la perspectiva objetiva: la conducta concreta debe encajar en el

El concepto también sirve para delimitar el alcance de las normas penales y evitar interpretaciones extensivas

En la doctrina, pueden distinguirse variantes de tipicidad, como la tipicidad objetiva y, en algunos enfoques,

tipo
descrito,
incluido
el
resultado,
las
circunstancias
o
modalidades
previstas
por
la
norma.
En
muchos
sistemas,
el
componente
interno
o
subjetivo
(intendencia,
dolo
o
culpa)
se
evalúa
dentro
de
la
culpabilidad;
no
obstante,
cuando
el
tipo
penal
exige
un
elemento
subjetivo,
la
tipicidad
puede
incorporar
ese
elemento.
o
analogías
punitivas:
la
conducta
solo
es
típica
cuando
queda
dentro
del
tipo
descrito,
y
no
por
analogía
se
pueden
crear
tipos
nuevos
para
sancionar
conductas
no
previstas
expresamente.
la
tipicidad
subjetiva,
aunque
la
terminología
y
la
división
exacta
varían
entre
sistemas
jurídicos.
En
resumen,
la
tipicidad
regula
cuándo
una
conducta
concreta
encaja
en
la
figura
delictiva
prevista
por
la
ley.