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contraprestación

La contraprestación es la prestación recíproca que cada parte asume en un contrato, consistente en dar, hacer o no hacer algo a cambio de lo recibido por la otra parte. Es un rasgo característico de los contratos en los sistemas de derecho civil y sirve para evidenciar la voluntad de las partes y el equilibrio económico del acuerdo.

Puede ser de dos tipos: monetaria, como el pago de un precio, y no monetaria, como la

La contraprestación tiene funciones próximas a la validez y exigibilidad del contrato: a) justifica la existencia

Contexto y alcance: en algunas tradiciones jurídicas, como el derecho anglosajón, la contraprestación se entiende como

Ejemplos: en una venta, el comprador entrega dinero y el vendedor entrega el bien; en un contrato

entrega
de
una
cosa,
la
realización
de
un
servicio
o
la
abstención
de
una
conducta.
En
la
práctica,
la
contraprestación
da
cuerpo
a
la
obligación
asumida
por
cada
parte
y
puede
valorar
o
precisar
la
naturaleza
del
negocio
jurídico.
No
siempre
exige
que
las
prestaciones
sean
idénticas
en
valor;
a
veces
pueden
presentar
diferencias
razonables
siempre
que
exista
una
causa
lícita
y
un
consentimiento
válido.
del
vínculo
obligacional;
b)
facilita
la
determinación
de
daños
y
cumplimiento;
c)
permite
distinguir
contratos
de
liberalidad
(donaciones,
en
las
que
la
contraprestación
no
es
requerida)
de
aquellos
con
intercambio
económico.
consideración
necesaria
para
la
formación
del
contrato;
en
el
derecho
civil
de
España
y
América
Latina,
suele
vincularse
a
la
causa
y
al
consentimiento,
sin
exigir
una
equivalencia
perfecta
entre
prestaciones.
de
servicios,
se
paga
por
el
servicio
prestado;
en
un
acuerdo
de
no
hacer,
una
parte
se
compromete
a
abstenerse
de
una
conducta
a
cambio
de
una
contraprestación
acordada.